BUSCADOR CATÓLICO

sábado, 11 de octubre de 2008

CELIBATO OPCIONAL, ¿SÍ O NO? (I)


Me propongo hoy tocar un tema un tanto delicado, al menos para muchos católicos de hoy día.

Antes que nada, aclarar que el celibato no tiene nada que ver con el Voto de Castidad de los Religiosos/as y Consagrados/as. El Celibato lo define la RAE como "soltería", "estado de soltero". En cambio, el que profesa un voto de castidad se da en todas sus potencias y quereres a Dios. El soltero, sencillamente, opta por no casarse (de hecho, los sacerdotes no profesan "votos" como tales, sino promesas).

Bueno, en el I Concilio Laterano de 1123 se estableció el Celibato de los clérigos, en cualquiera de sus ministerios. Por tanto, vemos que se trata de una cuestión de tradición y de ley. También hay que decir que hasta tal fecha, el celibato se vivía como una opción muy estimada y valiosa, por hacer más libre para el Reino a quien optara por el mismo. Así que el Concilio lo reglamentó y lo generalizó no por fastidiar, sino porque se dio cuenta de que era algo muy vivido y apreciado en la Iglesia, si bien no lo vivían todos, y su aplicación precisó de tiempo, paciencia y prudencia, pues la conciencia general era la de un celibato opcional, y no todo el mundo estaba preparado.

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